

Información Pública de Oficio
Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, cada vez que existan modificaciones a la misma, conforme lo señalen los lineamientos que expida el Instituto, entre otra, la información siguiente:
Fracciones del Artículo 55 de la LTAIPEAM que No Aplican a Nueva Alianza
Xa. Plazas vacantes del personal de base y confianza
Xb. Total de plazas vacantes y ocupadas del personal de base y confianza
XIIa. Declaraciones de Situación patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as)
XlIb. Declaraciones fiscal y de no conflicto de intereses
XIVa. Convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos
XIVb. Sistema Electrónico de Convocatorias
XVa. Programas sociales desarrollados por sujetos obligados
XVb. Padrón de beneficiarios del programa social
XVIII. Sanciones administrativas
XXII. Deuda Pública
XXVI. Personas físicas o morales a quienes el __sujeto obligado__ asigna o permite usar recursos públicos
XXXVIIIa. Programas que ofrecen
XXXVIIIb. Trámites del Sujeto Obligado
XLIIa. Listado de jubilados y pensionados
XLIIb. Listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben
XLIVa. Donaciones en dinero realizadas
XLIVb. Donaciones en especie
XLVIa. Actas del Consejo Consultivo
XLVIb. Opiniones y recomendaciones del Consejo Consultivo